La vuelta al cole cuando los padres están separados ¿quién corre con los gastos?

Reconocimiento del título de Familia numerosa a parejas que comparten hijos de uniones anteriores II
julio 26, 2017
¿Qué hacer frente al acoso laboral?
septiembre 8, 2017

La vuelta al cole cuando los padres están separados ¿quién corre con los gastos?

Ya está aquí el mes de septiembre y desde nuestro bufete abogados Madrid queremos centrarnos en esta ocasión en un tema, concerniente al Derecho de Familia, que causa muchas dudas entre aquellas personas que están separadas o divorciadas y tienen hijos en edad escolar.

Se suele hablar de la cuesta de enero, pero también habría que hacer referencia a la cuesta de septiembre y es que los hogares con hijos tienen que hacer frente en estas semanas a un importante gasto para equipar a los niños (y no tan niños) para el nuevo curso escolar. Hay que comprar libros, material escolar, ropa, zapatillas, etc.

Cuando se establece una pensión de alimentos a favor de un menor de edad se entiende que dicha cuantía debe cubrir los gastos ordinarios, entre los que por supuesto se incluyen los gastos de formación.  Pero, ¿podría considerarse la vuelta al cole un gasto extraordinario?

El Tribunal Supremo en su sentencia de 15 de octubre de 2014 estableció la diferenciación taxativa entre lo que son gastos ordinarios, que conforman la pensión alimenticia, y lo que son gastos extraordinarios, que deben ser abonados al 50% por cada uno de los progenitores siempre que sean necesarios e imprescindibles.

La sentencia establece que los gastos originados al comienzo de cada curso escolar son gastos ordinarios, puesto que son necesarios para la educación de los hijos. Es cierto que durante el mes de septiembre el progenitor que tiene la custodia y por tanto administra la pensión de los menores tiene más gastos a los que hacer frente, pero la situación se compensa con aquellos meses en los que la pensión en la misma pero los gastos son menores.

En definitiva, la vuelta al cole debe entenderse como una situación ordinaria y periódica y por tanto no constituye en ningún caso un gasto extraordinario.

Si requiere asesoramiento sobre algún asunto relacionado con el Derecho de Familia o sobre alguna de las materia en las que somos especialistas en nuestro bufete abogados Madrid, no dude en contactarnos.

Comments are closed.